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Todas las novedades de la Ley de Vivienda Turística en Madrid [Abril 2019]

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La Comunidad de Madrid ha actualizado la legislación respecto a la vivienda turística en la región.

Los propietarios de viviendas turísticas se ven afectados por dos medidas, el Plan Especial del Hospedaje (modificado el 27 de marzo) y la modificación del Decreto de Vivienda Turística (9 de abril).

En DmasC Arquitectos queremos ponerte al día con la actualidad normativa y legislativa al respecto, de ahí la pertinencia de este artículo.

¿Pero qué novedades hay al respecto? ¿Cómo afecta esto a los propietarios?

Novedades de la normativa de vivienda turística en Madrid en 2019

Según la nota de prensa lanzada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, la intención de la modificación del Decreto 79/2014, de 10 de julio es «dar certidumbre y seguridad tanto a usuarios […] como a los propietarios».

Dicho esto, ¿qué es lo que realmente incluye esta modificación del decreto de vivienda turística en Madrid de 2019? ¿Cómo afecta al propietario del alojamiento?

Fiscalización de las VUT desde el día 1

Anteriormente a la modificación de este decreto, se daba un cuartelillo de 90 días a las viviendas de uso turístico para que la Administración la considere como tal.

Ahora, con este cambio, para que una VUT opere deberá aparecer en el registro de la Consejería de Turismo desde el primer día.

¿Cómo hacerlo? Mediante la creación de un documento conocido como CIVUT.

El CIVUT en la Comunidad de Madrid

El Certificado de Idoneidad de Vivienda de Uso Turístico (conocido coloquialmente como CIVUT) es el nuevo requisito de la Comunidad para las viviendas turísticas.

Este es una especie de sustituto de la Cédula de Habitabilidad, suprimida hace un tiempo.

Te interesa: La Cédula de Habitabilidad en Madrid ya no será un requisito.

Sin embargo, añade nuevas exigencias a los propietarios, obligándolos a adaptar la vivienda a los nuevos tiempos.

Esta medida garantiza unas calidades mínimas del alojamiento en materia de seguridad, bienestar, ventilación y espacio por ocupante.

Qué incluye el CIVUT en Madrid (2019)

El CIVUT es un informe que deberá firmar un arquitecto o arquitecto técnico y que acredita que la vivienda cumple ciertas condiciones.

También especificará un número máximo de ocupantes que podrá tener la vivienda a la vez, en función de los metros cuadrados de la vivienda.

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¿Pero qué tendrá en cuenta el arquitecto a la hora de firmar el CIVUT de una vivienda turística en Madrid?

Estas son las exigencias para tener el CIVUT en tu vivienda:

  • Deberá tener, como mínimo, un salón comedor, una cocina, baño y habitación. Se considerará estudio si el salón, la cocina y el dormitorio se encuentran en la misma estancia.
  • En dichas viviendas se deberá especificar un número de teléfono de atención permanente.
  • Es obligatorio tener suministro eléctrico, de agua fría y caliente, así como de calefacción.
  • La vivienda deberá disponer de las correctas medidas de seguridad: como mínimo, un extintor cercano a la puerta, señalización básica de emergencia y un plano de evacuación.
  • También deberá estar correctamente amueblada, lista para entrar a vivir (con ropa de cama, cubertería, etc.) y con acceso a Internet mediante Wi-Fi.
  • Por último, el propietario o gestor no podrá discriminar a los huéspedes por razones de sexo, etnia, religión, etc.

El ratio por metros cuadrados

Por otro lado, el arquitecto o arquitecto técnico que firme el CIVUT también deberá realizar una medición del inmueble para determinar el número máximo de huéspedes que puede alojar.

Esta cifra vendrá fijada en un ratio concreto:

  • En viviendas consideradas estudios (salón-comedor, cocina y dormitorio integrados) o que no superen los 25 m2 solo se podrán alojar dos personas a la vez.
  • Aquellas cuyas dimensiones sea de entre 25 m2 y 40 m2, este número asciende a 4 personas.
  • A partir de aquí, cada 15 m2 extra supondrá superar en una persona el límite de huéspedes simultáneos.

El registro en Webpol

Una de las obligaciones de los propietarios o gestores de vivienda turística es informar, cada vez que entren nuevos huéspedes, su presencia en el alojamiento.

Se tendrá que presentar al Registro de Huéspedes de la Policía Nacional o la Guardia Civil un documento que incluya varios datos de los huéspedes.

El Ministerio de Interior facilita un modelo imprimible, pero se podrá crear uno ex profeso en caso de ser necesario, siempre que incluya los mismos datos.

¿Cuándo entran en vigor todas estas medidas?

El Decreto fue publicado en el BOCM el pasado 12 de abril. Por tanto, está en vigor desde entonces.

Aquellas viviendas que busquen convertirse en VUT deberán seguir los pasos mencionados arriba, así como otros, para que se acepte su solicitud.

Por otro lado, esta norma tiene carácter retroactivo. Es decir, todas aquellas viviendas de uso turístico que ya estén en funcionamiento deberán adaptarse a la nueva normativa.

Según el Decreto, las viviendas turísticas en funcionamiento tienen 6 meses para presentar el CIVUT y acogerse a la nueva normativa.

A pesar de la novedad de la norma, en DmasC Arquitectos ya contamos con la formación y capacidad suficientes para cumplimentar tu CIVUT.

Contamos con dilatada experiencia en el sector de la vivienda turística. Por tanto, estamos capacitados para cumplimentar dicho informe en tiempo récord y de la forma más solvente.

Gracias a nuestro equipo legal y de arquitectos, cumplimos con todos los requisito normativos para que obtengas tu CIVUT lo antes posible y sin que tengas que preocuparte de nada.

Solo tienes que ponerte en contacto con nosotros y te ofreceremos un presupuesto sin compromiso.

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