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La Comunidad aprobará en marzo el nuevo decreto de pisos turísticos

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La Comunidad de Madrid aprobará el nuevo decreto de pisos turísticos en marzo. La noticia, lanzada por la agencia Europa Press, parece confirmar que el nuevo decreto no será lanzado en un futuro próximo como ha venido pasando desde octubre.

Según las fuentes de EP del Gobierno regional, el Ejecutivo tiene ya planteado el texto final para pasar por la cámara legislativa.

Qué implica el nuevo decreto de pisos turísticos

El cambio más importante supone la obligatoriedad del Certificado de Idoneidad de Vivienda de Uso Turístico, más conocido como Civut.

Este documento viene a ser un documento que garantiza que el piso turístico es de calidad para alojar a viajeros.

Qué exigencias tendrá el Civut

Si no hay cambios de última hora, el Civut será obligatorio en las viviendas de uso turístico en Madrid.

Ya es vox populi que las exigencias suplirán y actualizarán las presentes en la suprimida Cédula de Habitabilidad. Estas han trascendido, por lo que los propietarios podrán tener el Civut incluso antes de que sea obligatorio.

Los parámetros que registrará el Civut son los siguientes:

  • La vivienda deberá disponer (como mínimo) un salón-comedor, un baño, cocina y dormitorio. También puede considerarse estudio si tiene integrados el dormitorio, el salón y la cocina.
  • La calefacción será obligatoria, así como el acceso a suministro eléctrico y de agua fría y caliente sanitaria.
  • El piso turístico deberá disponer de un extintor en su interior, a no más de 15 metros de la puerta de salida de la vivienda. También dispondrá de señales de emergencia y un plano de evacuación.
  • Los inquilinos tendrán a su disposición una hoja de reclamaciones y un número de incidencias funcionando durante las 24 horas.
  • El inmueble dispondrá de ventilación directa. Esta podrá ser al exterior o a un patio, siempre y cuando este no esté cubierto.

Metros mínimos, seguro de responsabilidad civil y registro de huéspedes

El Decreto que previsiblemente se apruebe en marzo de 2019 también exige algunas garantías adicionales.

En primer lugar, se pone un límite legal al número de inquilinos simultáneos en una vivienda de uso turístico. La cosa quedará como sigue:

  • En viviendas de hasta 25 m2 y estudios solo podrán entrar 2 personas.
  • En aquellas de entre 25 m2 y 40 m, el número se amplía a 4, siempre y cuando haya camas suficientes para los huéspedes.
  • A partir de ahí, cada 15 m2 de más permitirán alojar a un inquilino adicional.

Por otro lado, será necesario contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra incidencias, acidentes y perjuicios económicos a huéspedes y terceros.

Para finalizar, el último requisito indispensable que establece este Decreto será el registro de los huéspedes en la Policía. Además, se necesitará tener un libro anual de registro de huéspedes.