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Airbnb y otras plataformas darán datos fiscales a Hacienda desde octubre

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A partir de octubre de 2018 se acabaron las trampas y los beneficios en B para los propietarios de viviendas turísticas. El Ministerio de Hacienda ha comunicado que empezará a recibir los datos fiscales de quienes estén en plataformas como Airbnb, HomeAway o Wimdu.

Qué y cuándo pedirá la Agencia Tributaria los datos de propietarios

Hacienda llevaba mucho tiempo dándole vueltas a la idea, ya que el de la vivienda turística, sobre todo en las capitales, es una economía boyante y buena parte de la misma se da de forma encubierta. Y con la complicidad de las plataformas de anuncios.

Para paliar esto, la Agencia Tributaria aprobó por ley la obligación de informar al Ministerio de los movimientos, propiedades y ganancias de los dueños de las viviendas.

Estos datos empezarán a exigirse en el período de julio a septiembre, y  estas plataformas tendrían que presentarla hasta el 21 de octubre. Ya en el cuarto trimestre de 2018 tendrán hasta el 31 de enero de 2019.

Y por último no olvidemos el primer y segundo trimestre del año, ya que esta ley ha entrado en vigor: estos datos se podrán presentar hasta el 31 de diciembre, tiempo más que suficiente según el Ministerio para que las plataformas se adapten a esta obligación fiscal. Por tanto, se da por hecho que a partir de 2019 se empiece a requerir información trimestralmente.

Esta nueva norma contempla en sus títulos la aprobación de un modelo 179 referente a la Declaración informativa trimestral del arrendamiento de viviendas con fines turísticos.

¿Qué información podrá pasarle Airbnb a Hacienda?

La información requerida por el fisco será indiferente a la plataforma donde se publique el anuncio de la vivienda a alquilar, afectará a todas por igual.

Concretamente, la Agencia Tributaria pedirá una identificación del titular y del titular del derecho de cesión de la vivienda (si esta existe), así como una identificación de quienes estén detrás de la misma, sean personas físicas o jurídicas.

Con esto, según el Ministerio, se pretende poner coto a ciertos alquileres turísticos de dudosa titularidad; como los casos de cadenas hoteleras que arrendan las viviendas de forma ilícita.

Por otra parte, en la información tendrá que figurar la cantidad recibida por el titular que cede el derecho y el número de contrato de esta cesión. Este documento tendrá que aportarlo la empresa o persona que se encargue de gestionar la vivienda, ya sea de forma gratuita u onerosa.

Estos gestores tendrán que incluir en sus declaraciones la identificación de la casa, una referencia del catastro de la misma y, si aplica, los días que se ha alquilado la vivienda con fines turísticos.

Qué supondrá esta cesión de datos al propietario

Si lo lleva todo al día, e incluso si cuenta con una Licencia de Uso Turístico, nada. Los problemas vendrían cuando se produjesen ilegalidades de tipo fiscal o relacionados con la actividad hotelera, como hemos mencionado antes.

También será compatible con la legislación impuesta por otras entidades administrativas como Comunidades Autónomas y Ayuntamientos. Tasas turísticas o pagos añadidos no serán en absoluto incompatibles con este nuevo requisito fiscal.